Zárate, 22 de Mayo de 2017
Visto, las diferentes quejas efectuadas por los socios respecto de la reglamentación de ingresos de no socios a los festejos de cumpleaños, y
CONSIDERANDO:
Que es necesario contar con una actualizado de dicha reglamentación, en especial sobre el impedimento existente para asistir a festejos de cumpleaños de los ex – socios que poseen deuda con la Institución por diferentes causas.
Que el REGLAMENTO INTERNO en vigencia, acorde lo normado en el Estatuto del CLUB NÁUTICO ZÁRATE fue aprobado Asamblea General Ordinaria celebrada el 29 de julio de 1956. Siendo dicho acto registrado en el Acta N° 43 del correspondiente Libro de Registro de Actas de Asambleas del Club.
Que el mencionado REGLAMENTO INTERNO fue actualizado posteriormente aprobado en reunión de Comisión Directiva de fecha 8 de Abril de 2009, acto registrado en el Acta N°2538 del correspondiente Libro de Registro de Actas de Reuniones de Comisión Directiva.
Que atento a lo expuesto la Comisión Directiva procede aprobar la reforma del artículo 16 del mismo el que queda redactado de la siguiente manera:
«Artículo 16: Todo Socio podrá festejar su cumpleaños en las instalaciones del Club, pudiendo invitar para ello a personas no socias. A tal fin deberá llenar la planilla correspondiente que entregará en Secretaría con una antelación no menor de 48 horas para su aprobación.
- Las personas invitadas a los festejos de cumpleaños podrán ingresar si cumplen con las condiciones generales establecidas en los arts. 7 a 15, con las siguientes salvedades:
- Se establece un límite para cada cumpleaños de 10 invitados con ingreso sin cargo alguno.
- A partir del invitado número 11 se deberá abonar el costo de invitado a cumpleaños que determine la Comisión Directiva en forma mensual.
- Solo para los cumpleaños, se permitirá ingresar a personas no socias que tengan algún tipo de deuda con el Club. El invitado moroso deberá abonar en todos los casos el costo de invitado a cumpleaños determinado por la Comisión Directiva.
- En caso de que el cumpleaños se festeje un sábado, domingo o feriado en temporada alta, el mismo se deberá realizar después de las 20:00 hs.”
Por ello;
LA COMISION DIRECTIVA DEL CLUB NAUTICO ZARATE RESUELVE:
ARTICULO 1°: Poner en vigencia a partir de la fecha la reforma del art. 16 del REGLAMENTO INTERNO del CLUB NÁUTICO ZÁRATE.
ARTICULO 2°: Por la Secretaría del Club, se tomará nota y se dará a conocer a los asociados en la forma que se considere más conveniente.
ARTICULO 3°: Por la Secretaría y la Capitanía del Club, se implementarán los procedimientos administrativos necesarios para su cumplimiento.
En el siguiente enlace podrán observar el Reglamento Interno del CNZ: https://cnz.org.ar/reglamento-2/